Fondo de Becas
Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales – Ley 20.742
El Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, es creado el año 2014 por la Ley N°20.742 y tiene por objeto el financiar estudios conducentes a títulos profesionales, títulos técnicos, diplomados y postítulos, dictados por instituciones de educación superior acreditadas por el CNA y que formen parte del catálogo de oferta académica del programa.
¿Cuál es el objetivo?
Formar a funcionarios municipales y con ello mejorar la gestión y el cumplimiento de las funciones propias de las municipalidades, contribuyendo así al proceso de modernización y descentralización del país.
¿Qué financia este programa?
La beca otorgada consiste en el financiamiento total del arancel del programa de formación correspondiente y una asignación mensual de manutención por un tiempo máximo de 24 meses. Una vez terminados los estudios el funcionario beneficiado deberá desempeñarse en la municipalidad la misma cantidad de años estudiados. No se financian programas conducentes a grados de Magister, Doctorados o post doctorados u otros.
¿Qué instituciones de educación participan?
Desde el año 2020, pueden participar todas las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica acreditados del país.
¿Quiénes pueden postular?
Pueden postular funcionarios municipales de planta o contrata regidos exclusivamente por las disposiciones de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación. Es decir, se excluyen a funcionarios contratados a honorarios o funcionarios contratados por las corporaciones municipales o aquellos funcionarios que no cuenten con 5 años de antigüedad cumplidos al momento de postular.
Resultados Octava Convocatoria 2022
Resultado Histórico por Convocatoria
2015
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
2023
Desde el año 2014, (año en que es creado el programa Fondo de Becas a través de la Ley N°20.742, y una vez aprobada la Ley de Presupuesto del Sector Público), se abre la convocatoria que invita a participar a todos los funcionarios municipales, que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, para postular a las distintas líneas de estudios que ofrece el programa.
El hito más importante de la convocatoria 2021 es la participación, por primera vez, de la oferta académica los Centros de Formación Técnica, participando 13 de los 15 CFT acreditados del país.
A continuación, los invitamos a conocer los resultados generales de la convocatoria 2021.
Distribución Geográfica por Región – Séptima Convocatoria 2020
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades. Entre otros aspectos, las municipalidades deberán elaborar un plan anual de áreas prioritarias de estudio financiables por esta vía, criterios de selección de los postulantes y las condiciones que permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El plan anual deberá ser presentado al Concejo Municipal junto con el presupuesto. La postulación al Fondo se realizará a través de una convocatoria pública para cada uno de los estudios técnico, profesional, diplomado y postítulo, la que se difundirá por medio de avisos publicados en un diario de circulación nacional y de la página web de la Academia.
- Ser funcionario de planta o contrata, regido exclusivamente por las disposiciones de la Ley N°18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación.
- No haber sido sancionado con medida disciplinaria, en los últimos cuatro años.
- No estar sometido, al momento de la postulación, a sumario administrativo o investigación sumaria, en calidad de inculpado.
- No encontrarse, al momento de la postulación, formalizado en un proceso penal.
- No mantener, a la fecha de la postulación, deudas con la municipalidad o con instituciones públicas derivadas del otorgamiento de becas.
Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel más matrícula por la totalidad de duración del programa académico de formación técnica, profesional, diplomado o postítulo según lo solicitado por el becario en la postulación al respectivo concurso.
Una asignación mensual de manutención por un periodo de hasta 2 años.