El Fondo Concursable de Formación de Funcionarios Municipales, es creado el año 2014 por la Ley N°20.742 y tiene por objeto el financiar estudios conducentes a títulos profesionales, títulos técnicos, diplomados y postítulos, dictados por instituciones de educación superior acreditadas por el CNA y que formen parte del catálogo de oferta académica del programa.
Formar a funcionarios municipales y con ello mejorar la gestión y el cumplimiento de las funciones propias de las municipalidades, contribuyendo así al proceso de modernización y descentralización del país.
La beca otorgada consiste en el financiamiento total del arancel del programa de formación correspondiente y una asignación mensual de manutención por un tiempo máximo de 24 meses. Una vez terminados los estudios el funcionario beneficiado deberá desempeñarse en la municipalidad la misma cantidad de años estudiados. No se financian programas conducentes a grados de Magister, Doctorados o post doctorados u otros.
Desde el año 2020, pueden participar todas las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica acreditados del país.
Pueden postular funcionarios municipales de planta o contrata regidos exclusivamente por las disposiciones de la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, con al menos cinco años de antigüedad en la municipalidad inmediatamente anteriores al momento de la postulación. Es decir, se excluyen a funcionarios contratados a honorarios o funcionarios contratados por las corporaciones municipales o aquellos funcionarios que no cuenten con 5 años de antigüedad cumplidos al momento de postular.
Las áreas de estudios que se financiarán con los recursos del Fondo son aquellas cuyos contenidos estén directamente relacionados con materias afines a la gestión y funciones propias de las municipalidades. Entre otros aspectos, las municipalidades deberán elaborar un plan anual de áreas prioritarias de estudio financiables por esta vía, criterios de selección de los postulantes y las condiciones que permitan el acceso igualitario de sus funcionarios a este beneficio. El plan anual deberá ser presentado al Concejo Municipal junto con el presupuesto. La postulación al Fondo se realizará a través de una convocatoria pública para cada uno de los estudios técnico, profesional, diplomado y postítulo, la que se difundirá por medio de avisos publicados en un diario de circulación nacional y de la página web de la Academia.
Un monto equivalente al costo total o parcial del arancel más matrícula por la totalidad de duración del programa académico de formación técnica, profesional, diplomado o postítulo según lo solicitado por el becario en la postulación al respectivo concurso.
Una asignación mensual de manutención por un periodo de hasta 2 años.